Fideicomiso Especializado — Sector Público
Estructuramos fideicomisos para la gestión transparente, segura y regulada de los fondos destinados a concursos y procesos de contratación del Estado en el Perú.
Concepto y Estructura
El Fideicomiso de Administración de Fondos para Concursos Públicos es un contrato mediante el cual una empresa o consorcio (fideicomitente) transfiere fondos o activos a una entidad fiduciaria autorizada, quien los administra de forma independiente para garantizar el cumplimiento de las obligaciones del proceso de contratación pública.
Los fondos en fideicomiso están blindados patrimonialmente: quedan separados del patrimonio de todas las partes, lo que garantiza que serán utilizados exclusivamente para los fines pactados —pago de proveedores, subcontratistas, materiales, planillas y demás gastos del contrato.
Esta estructura es especialmente valorada en licitaciones de gran envergadura, donde las entidades del Estado exigen certeza sobre el correcto flujo y destino de los recursos.
Partes del Fideicomiso
La empresa o consorcio contratista que aporta los fondos y encomienda su administración al fiduciario.
Entidad financiera o empresa de servicios fiduciarios autorizada por la SBS, responsable de administrar los fondos conforme al contrato.
La entidad pública contratante (ministerio, gobierno regional, municipalidad, etc.) que se beneficia de la correcta administración de los fondos.
Los fondos transferidos al fideicomiso, separados patrimonialmente y con destino exclusivo al contrato.
Ventajas y Beneficios
Los fondos en fideicomiso son inembargables e inalienables por terceros. Quedan completamente separados del patrimonio del contratista, protegiéndolos frente a contingencias empresariales o financieras.
La entidad pública y el contratista tienen acceso a reportes periódicos sobre el uso de los fondos. Cada desembolso es trazable, documentado y ejecutado conforme a las instrucciones del contrato.
Estructurado conforme a la Ley General del Sistema Financiero (Ley 26702), la normativa de la SBS y las disposiciones de la Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento (Decreto Supremo N° 344-2018-EF).
El fiduciario ejecuta los pagos a proveedores, subcontratistas y planilla de forma ordenada y oportuna, con las autorizaciones del contratista, reduciendo riesgos de impago en la cadena de valor.
Generación de informes periódicos de ejecución, estados de cuenta y extractos detallados. Facilita la auditoría interna y externa, y el cumplimiento de los requisitos de seguimiento de la entidad contratante.
Presentar un fideicomiso de administración en tu oferta técnica genera mayor confianza en la entidad convocante y puede ser un factor diferenciador en procesos de selección de alta competencia.
Mecánica Operativa
Paso 01
JALG Asesores diseña la estructura del fideicomiso según las particularidades del contrato público: monto, plazo, partes involucradas, cronograma de desembolsos y condiciones de la licitación. Se redacta el contrato de fideicomiso adaptado a la normativa vigente.
Paso 02
Se identifica la entidad fiduciaria más adecuada (banco, financiera o empresa especializada) autorizada por la SBS, negociando condiciones de servicio, tarifas y plazos de constitución óptimos para el contratista.
Paso 03
Se suscribe el contrato de fideicomiso ante notario. El contratista transfiere los fondos al patrimonio fideicometido, que queda formalmente separado y bajo la administración del fiduciario.
Paso 04
Durante la ejecución del contrato, el fiduciario realiza los pagos autorizados (proveedores, subcontratistas, planilla, materiales) conforme al cronograma pactado. El contratista y la entidad pública pueden monitorear los movimientos en tiempo real.
Paso 05
Una vez cumplidas todas las obligaciones del contrato, el fiduciario liquida el patrimonio fideicometido, reintegrando los saldos remanentes al fideicomitente y emitiendo el informe final de cierre.
¿Por qué elegirnos?
Analizamos tu contrato o bases de licitación y te indicamos si el fideicomiso aplica y cómo estructurarlo.
Acceso a entidades fiduciarias autorizadas por la SBS. Negociamos las mejores condiciones para tu operación.
Acompañamiento en la redacción del contrato, revisión de bases y cumplimiento de requisitos legales y normativos.
Coordinamos la constitución del fideicomiso en los tiempos que exige el proceso de contratación, sin retrasos.
Marco Regulatorio
Regula el fideicomiso en el Perú, establece los requisitos para las entidades fiduciarias y define el marco legal del patrimonio fideicometido y su separación del patrimonio de las partes.
Establece los mecanismos de garantía y financiamiento en las contrataciones públicas, marco dentro del cual el fideicomiso de administración es una herramienta reconocida y utilizable.
Reglamento que desarrolla los procedimientos de selección, ejecución contractual y mecanismos de pago, incluyendo el uso de estructuras fiduciarias en contratos de obra y servicios.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP regula y supervisa a las empresas fiduciarias en el Perú, garantizando que operen bajo estándares de solvencia, transparencia y buen gobierno corporativo.
El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado emite directivas y opiniones sobre el uso de mecanismos alternativos de garantía, incluyendo los fideicomisos en contratos de obra pública.
El Código Civil peruano establece los principios generales de los contratos y la separación patrimonial, complementando el marco específico del fideicomiso en la legislación financiera peruana.
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